Saturday, April 15, 2006

¿VOTARÁN MUERTOS Y AUSENTES?

El artículo 70 del Código Electoral establece que “La actualización del Padrón Electoral es permanente y tiene por objeto: a) Incluir los datos de los nuevos ciudadanos inscritos; b) asegurar que en la base de datos no exista más de un registro válido para un mismo ciudadano; c) Depurar los registros ya existentes, por cambio de domicilio de los ciudadanos inscritos; d) Excluir de la lista índice de electores a los ciudadanos que estén inhabilitados para votar; e) Suprimir de las listas índices de electores a los fallecidos; f) los ciudadanos que no votaron en la última elección general o municipal serán depurados por la Corte Nacional Electoral.”

En días pasados, por iniciativa del Movimiento al Socialismo (MAS) que tiene mayoría en la Cámara de Diputados fue aprobada una modificación del inciso f) de ese artículo, señalando que podrán habilitarse para votar los ciudadanos que fueron depurados por no haber sufragado en el referéndum sobre el gas y en las elecciones municipales del 2004, así como quienes no votaron en las elecciones generales y de prefectos del 2005.

Esta modificación, si llega a ser confirmada por la Cámara de Senadores, causaría un gran desbarajuste en el proceso electoral que ya está en marcha para culminar el 2 de julio próximo con la elección de representantes para la Asamblea Constituyente y simultáneamente el Referéndum Autonómico.

La Corte Electoral aún no ha calculado en qué medida crecería el Padrón Electoral si esa reforma prospera. Sin embargo, teniendo en cuenta que serían incorporados como votantes los ciudadanos fallecidos desde el 2004 a la fecha y también aquellos que en ese mismo período emigraron del país por lo cual están ausentes, pensamos que el número de “fantasmas” podría superar el medio millón, por lo bajo, pues el éxodo de bolivianos hacía países de América y Europa es masivo, constante y creciente, sin pausa.

Dos serios problemas son previsibles si se produce esa "inflación" repentina del Padrón Electoral. Primero: Muchos de los ausentes o muertos podrían ser designados jurados electorales, pues ellos son seleccionados automáticamente por computadora de entre todos los ciudadanos empadronados a quienes, hasta ahora, se los considera debidamente habilitados para votar, porque el mecanismo de la depuración se encarga de excluir oportunamente a los difuntos y migrantes.

Segundo: La existencia de “fantasmas” entre los habilitados para votar podría dar lugar a fraude electoral mediante el fácil recurso de utilizar el carnet de identidad u otro documento de los muertos o ausentes cuyos nombres aparecerán en las listas índice del Padrón como supuestamente vivos, los unos, y presentes los otros, todos legalmente habilitados para sufragar.

Cabe recordar que antes el voto de los “fantasmas” fue muy bien aprovechado por los partidos de gobierno para distorsionar resultados electorales. Tanto se abusó de esa trampa que finalmente “moros y cristianos” de los partidos políticos se pusieron de acuerdo para introducir en el Código Electoral el mecanismo de la depuración.

La Corte Nacional Electoral considera que anular de depuración a esta altura del proceso electoral traerá dificultades operativas y administrativas, pero remarca que si el Poder Legislativo introduce reformas en el Código Electoral ellas serán acatadas y aplicadas como corresponde.

Cabe esperar que la Cámara de Senadores,cuando tenga este asunto entre manos, frene la descabellada modificación que aprobó el oficialismo masista en Diputados. No queremos ciudadanos difuntos ni ausentes “votando” el próximo 2 de julio.

MINUCIO

- Comentarios al e-mail: boliviscopio@hotmail.com