Wednesday, March 01, 2006

ASAMBLEA CONSTITUYENTE - 4

DISENSOS INSUPERABLES EN LA HORA DECISIVA

"Después del gusto el disgusto" dice un viejo refrán que los congresistas, recién salidos de las fiestas carnavaleras, tendrán oportunidad de vivir a partir de hoy hasta fin de semana, porque en tres días, hasta el viernes 3 de marzo, tendría que ser aprobada la Ley de Convocatoria a la Asamblea Constituyente para que la elección de representantes pueda realizarse el domingo 2 de julio de manera simultánea con el Referéndum Autonómico, tal como determina una ley anterior.

Según el Código Electoral la convocatoria a elecciones debe ser expedida "con una anticipación de por lo menos 150 días a la fecha de realización de los comicios", por ser ese tiempo el necesario para un normal desarrollo del cronograma electoral.
En aplicación de esta normativa la convocatoria a la Asamblea Constituyente tendría que haber sido emitida a fines de enero. Ahora sólo restan 122 días para el 2 de julio. Vale decir que ya tenemos un mes de atraso. La Corte Nacional Electoral, acostumbrada a toparse con dilaciones imprevistas en los procesos electorales, ha demostrado que en situaciones de emergencia puede realizar su trabajo hasta en 100 días, aunque a marchas forzadas y contra reloj.

A principios de febrero el Poder Ejecutivo entregó al Congreso su proyecto de ley de convocatoria a la Asamblea Constituyente al cual siguieron dos proyectos de partidos opositores con representación parlamentaria, uno del Comité Cívico de Santa Cruz y otros 18 de diversas instituciones. La Comisión Mixta de Constitución del Congreso, tras dos semanas de consideración y debate de esas propuestas aprobó un proyecto de ley sustitutivo de 28 artículos, de los cuales 24 fueron consensuados y cuatro congelados por disensos..

CONSENSOS

Entre los principales consensos tenemos:
a) Los constituyentes serán elegidos por voto universal, directo y secreto;
b) La elección de los asambleistas será el domingo 2 de julio y la instalación de la Asamblea el 6 de agosto;
c) La función de constituyente es incompatible con cualquier otra función pública, exceptuando la cátedra universitaria;
d) Los constituyentes recibirán una remuneración mensual similar a la de un diputado (10.500 bolivianos);
e) Los candidatos podrán ser postulados únicamente en una circunscripción;
f) Durante su mandato los constituyente gozarán de las mismas prerrogativas de los diputados y senadores;
g) Se garantiza el principio de paridad y alternancia por género en la elección de constituyentes;
h) Las sesiones serán de carácter público;
i) La asamblea tendrá un período de sesiones continuo e ininterrumpido no menor a seis meses ni mayor a un año calendario;
j) La asamblea concluirá su misión aprobando el texto de una nueva Constitución Política del Estado, el cual requerirá dos tercios de votos de sus miembros;
k) Concluida su misión la Asamblea Constituyente convocará a un Referéndum constitucional en un plazo no mayor a 120 días. En dicha consulta el pueblo boliviano refrendará por mayoría absoluta de votos la nueva Constitución propuesta;
l) En caso de no reunirse la mayoría absoluta continuará vigente la actual Constitución.

DISENSOS

Los disensos tocan a cuatro puntos que desde el principio fueron los conflictivos entre oficialismo y oposición; ellos son:
a) Forma de elección de los asambleistas. El proyecto del Ejecutivo propone elección por circunscripciones territoriales que son 70 en el país, tomando en cuenta sólo el criterio poblacional. Otras propuestas ponen énfasis en la representación por departamentos asignando un cupo básico de representantes a los departamentos de menor población y menor desarrollo, para que no resulten discriminados; o combinando los criterios de población y equidad.
b) Número de asambleistas. El proyecto del Ejecutivo propone 210, equivalente a tres por cada una de las 70 circunscripciones. Las otras propuestas fluctúan en un abanico desde 150 a 90 con cifras intermedias.
c) Asignación de asambleistas. El proyecto del Ejecutivo propone que el partido ganador por simple mayoría obtenga dos representantes , dejando uno para el segundo. Si un partido obtiene la mayoría absoluta (50% más un voto) absorbe los tres constituyentes. La oposición exige que se garantice la participación de las minorías en la Constituyente; califica la propuesta gubernamental de antidemocrática porque tiende a borrar a las minorías. Señala como ejemplo el caso de un segundo partido que habiendo obtenido el 49.9% de votos en una circunscripción no tendría ningún representante.
d) Facultad de la asamblea sobre ampliación o recorte de mandatos. El proyecto del Ejecutivo propone esa facultad y la sostiene. La oposición rechaza esto por considerar que encubre afanes prorroguistas de Evo Morales y peligro de disolución del Congreso para dejar vía libre al autoritarismo.

EMPANTANAMIENTO CONGRESAL A LA VISTA

Si recordamos que hace un mes los puntos de disenso eran precisamente estos cuatro y vemos que ahora permanecen incólumes como los grandes obstáculos para una ley de consenso entre oficialismo y oposición, es previsible un empantanamiento congresal mayúsculo y progresivo que podría desembocar este fin de semana con una ruptura total entre ambos sectores del parlamento.

Después podría acontecer que el Poder Ejecutivo y la bancada parlamentaria del MAS cumplan su amenaza de alterar procedimientos legislativos y desencadenar presiones sociales para aprobar una Ley de Convocatoria a la Asamblea Constituyente SÍ o SÍ.

MINUCIO

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